La bicicleta Garrett Miller cumple con creces las expectativas de la legislación europea en cuanto a bicicletas eléctricas.
Lo que dice la ley:
La directiva europea 2002/24/CE establece los criterios para que una bicicleta con asistencia eléctrica pueda circular por la vía pública:
- El arranque del motor está condicionado por el pedaleo y debe cortarse al dejar de pedalear. Se autoriza la instalación de asistencias en arranques sin necesidad de pedalear pero que no deben superar los 6 km/h.
- La asistencia debe cortarse a 25 km/h. Sin embargo, la bicicleta puede ir absolutamente más rápido sin ayuda.
- La potencia nominal del motor debe ser de 250 vatios como máximo.
Si tu bicicleta con asistencia eléctrica no cumple con alguna de estas características, entra en la categoría de ciclomotores y requiere una homologación especial.
No obstante, puede contratar un seguro si lo desea. (También piensa en subsidios)
Para cualquier niño menor de edad, recomendamos su uso bajo la supervisión de un adulto y el uso de un casco. Atención ! El uso del casco es obligatorio para los niños menores de 12 años, ya sean conductores o pasajeros.